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Subsidio al Desempleo (FONEDE)
¿Qué es el subsidio al desempleo?
Es un recurso creado mediante la ley 789 de diciembre de 2002 y hacen parte del Fondo para el fomento al empleo y protección del desempleo (FONEDE) y esta destinado para mejorar las condiciones de vida de los jefes cabeza de hogar desempleados a través de la entrega de un subsidio equivalente al 1.5 SMLMV.
¿Quiénes pueden acceder?
El Gobierno Nacional determinó que el subsidio está destinado a los jefes cabeza de hogar desempleados que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación durante doce meses continuos o discontinuos dentro de los tres años anteriores a la fecha de solicitud de dicho subsidio.
Se considera jefe cabeza de hogar desempleado a la persona que demuestre haber sido afiliada anteriormente (como cotizante y no como beneficiario) a una EPS o a una Caja de Compensación, con personas a cargo y que al momento de recibir el subsidio al desempleo no se encuentre afiliada ni a una EPS, ni a una Caja de Compensación, como cotizante o como beneficiario (parágrafo 5, artículo 13, Ley 789/2002)
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Para desempleados con vinculación anterior a cualquier Caja de Compensación:
- Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres, cónyuge).
- No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
- Haber estado afiliado a alguna Caja de Compensación, mínimo 12 meses continuos o discontinuos, dentro de los 3 años anteriores a la postulación.
- No tener contrato de trabajo vigente.
- Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).
Para desempleados sin vinculación anterior a Caja de Compensación:
Ser Jefe Cabeza de Hogar desempleado y con personas a cargo (hijos, padres o cónyuge).
-
No estar afiliado a ninguna EPS ni Caja de Compensación ni como cotizante ni como beneficiario.
- No tener contrato de trabajo vigente.
- Carecer de ingreso económico (ni el postulante ni las personas a cargo).
¿Qué documentos se deben presentar?
- Formulario debidamente diligenciado y firmado (se entrega en forma personal sin ningún costo ni intermediación.
- Carta, decreto o resolución de entidad pública o privada donde conste la causal de terminación del contrato de trabajo y las fechas de ingreso y retiro
- Fotocopia de los documentos de identificación del postulante y las personas a cargo
- Certificado de retiro de EPS del postulante y las personas a cargo
¿Qué ofertas de capacitación laboral existen para los beneficiarios al subsidio?
- Gastronomía.
- Panadería.
- Excel avanzado.
- Office básico.
¿Dónde puede postularse para este subsidio?
- Cali: Calle 5 No.6-63 Mezanine Tel.: 8862727 Ext. 2357 -2297
- Palmira: Calle 31 No. 29-54 Tel. 2755160
- Buga: Calle 7 No. 11-27 Tel. 2375613
- Cartago: Calle 13 No. 1N-51 Norte Tel. 2144057
- Buenaventura: Carrera 4ª No.4-28 Tel. 2403000 Ext. 127 o 118
- Tuluá: Carrera 31 N° 26-36 C.C. Madeira Plaza Tel. 2262656
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