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Subsidios
Subsidio Familiar Monetario
Es la cuota monetaria mensual que le pagamos por cada persona a cargo, si usted cumple con los requisitos de ley.
Anticipo de subsidio
Le anticipamos el subsidio hasta por 10 meses para cubrir el costo de servicios como salud, educación, impuesto predial o calamidades domésticas.
Subsidio especial
Doble cuota de subsidio familiar monetario por aquellos beneficiarios (hijos, hermanos, huérfanos y padres) sin límite de edad, que tengan una discapacidad igual o superior al 50% que les impida estudiar o trabajar.
Subsidio familiar monetario simultáneo
Es la cuota monetaria que le pagamos a usted y a su cónyuge por los mismos hijos, si ambos salarios no sobrepasan los cuatro SMLMV. Si los salarios de ambos sobrepasan el tope, pero no superan los seis SMLMV, uno de los dos puede cobrarlo. Este valor no se paga por los mismos hermanos o padres, pues éstos sólo pueden ser afiliados a través de un trabajador.
Subsidio en servicios
Es el derecho que usted y sus beneficiaros tienen para utilizar los servicios sociales de
la Caja, como son educación, cultura, recreación, turismo, créditos y vivienda, con tarifas preferenciales.
Auxilio funerario
Suma equivalente a 12 mensualidades de subsidio por muerte de cualquiera de las personas por las que recibe la cuota mensual, siempre y cuando se avise a la Caja en el mismo mes de ocurrido el evento. Si quien muere es el trabajador, se le sigue pagando por 12 meses el subsidio monetario por cada uno de los beneficiarios, a quien se responsabilice de la guarda y cuidado de estas personas.
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