Afiliación empleador de trabajador doméstico

Afíliate como empleador servicio doméstico

Afiliarse a Comfenalco Valle Delagente permite que su personal de servicio doméstico disfrute de los beneficios y servicios de nuestra Caja de Compensación Familiar.

Quiero recibir asesoría personalizada para la afiliación a la Caja de Compensación Familiar como:

Empleador servicio doméstico

    Si su solicitud no se encuentra en este menú, puede dirigirse a servicio al cliente AQUÍ

    Requisitos de afiliación

    1. Formulario de afiliación patronal  físico, electrónico o digital. Descarga aquí.
    2. Copia de la cédula de ciudadanía del empleador doméstico por ambas caras en una sola hoja.
    3. Relación de trabajadores (indicando el número de cédula, nombre y salario). Descargue aquí.
    4. Certificado de paz y salvo, en el caso de afiliación anterior a otra Caja de Compensación Familiar en el Valle del Cauca.

    Qué beneficios obtengo

    ¿Cómo realizar los aportes de tu empleado doméstico?

    Las personas que contratan trabajadores que desempeñan actividades domésticas (Empleadas de servicios generales, choferes, jardineros, entre otros), deben afiliarse primero como empleadores y luego afiliar a sus colaboradores, cumpliendo así con sus obligaciones de ley.

    Debes realizar el pago de tu aporte a través de cualquiera de los operadores de información autorizados. Te recomendamos a nuestro aliado miplanilla.com

    Para el pago oportuno de tus aportes, ten en cuenta:

    1. Debes realizar el aporte del 4% sobre el valor del salario de su(s) trabajador(es). Tiene derecho a todos los servicios y beneficios de la Caja de Compensación Familiar, incluyendo Subsidio monetario.

    2. Asegúrate de relacionar con exactitud tus datos personales en el operador de pago de tu preferencia.

    3. El código de la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Valle Delagente es el 056.

    Categorías de afiliación

    Para acceder a los servicios de tu Caja de Compensación, en Colombia se han establecido las siguientes categorías tarifarias según tu ingreso salarial mensual, así:
    CATEGORIA A Son los trabajadores y su grupo familiar cuyo salarial básico no supera los 2 SMMLV.
    CATEGORIA B Son los trabajadores y su grupo familiar cuyo salarial básico se encuentra entre 2 y 4 SMMLV.
    CATEGORIA C Son los trabajadores y su grupo familiar cuyo salarial básico supera los  4 SMMLV.
    CATEGORIA D Son los trabajadores y su grupo familiar que no son afiliados a la Caja de Compensación Familiar.
    SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.