Afiliación residente o retornado del exterior

Afíliate como Residente en el exterior

La afiliación como residente en el exterior permite afiliar a tu grupo familiar que reside en Colombia, para tener derecho a disfrutar de los servicios de la Caja de Compensación Familiar, a excepción de la cuota monetaria por beneficiarios, Vivienda y a las prestaciones económicas del mecanismo de protección al cesante. Su categoría de afiliación será categoría B (las categorías regulan las tarifas de los servicios de nuestra Caja de Compensación Familiar).

¿Qué valor debe aportar?

El aporte será del dos por ciento (2%) sobre el IBC (Ingreso Base de Cotización declarado).

¿Qué es el IBC?

El Ingreso Base de Cotización (IBC) es la suma que en moneda legal nacional usted declare en el exterior. Recuerde que este valor no puede ser inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes SMMLV.

¿Qué requisitos debo presentar?

1. Formulario de afiliación diligenciado físico o digital Descargue aquí.

2.Fotocopia de su documento de identidad por ambas caras en una sola hoja.​​​

3.Carta de solicitud de afiliación. Esta debe indicar la fecha desde la cual desea quedar afiliado. Descargue aquí

4.Certificado de paz y salvo de desafiliación, en caso de haber tenido una afiliación anterior a otra Caja de Compensación Familiar.

5.Certificado de fe de vida (supervivencia) expedido por la representación consular en el exterior (es gratuito de acuerdo con la Ley 1450 del 2012) **

** Este certificado debe ser actualizado cada seis (6) meses.

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¿Cómo puedo realizar el pago del aporte?

Ingresa a la página www.miplanilla.com para inscribirte y generar tu usuario y contraseña, los cuales te permitirán realizar el pago correspondiente.

Documentos de identificación en Colombia:

De 0 a 6 años
Registro civil de nacimiento.

De 7 a 17 años
Tarjeta de identidad.

A partir de 18 años
Cédula de ciudadanía.

Cónyuge o Compañero(a) permanente:

  • Copia del documento de identidad del cónyuge o compañero(a) permanente o documento válido de identificación para extranjeros.
  • Copia del registro civil de matrimonio (si son casados).
  • Declaración juramentada (si conviven en unión libre).
  • Certificado de la empresa donde labora el cónyuge o compañero(a), con salario y Caja de Compensación Familiar a la que está afiliado.

 

*Nota: Para el cónyuge o compañero(a) permanente del mismo sexo se deben presentar los mismos documentos.

Hijos:

  • Copia del registro civil de nacimiento, para demostrar parentesco con el trabajador.
  • Copia del documento de identidad (mayores de 18 años con discapacidad ).
  • Declaración juramentada.

Hijastros:

  • Registro Civil.
  • Copia del documento de identidad (mayores de 18 años con discapacidad).
  • Certificado de la Entidad Promotora de Salud -EPS que acredite el grupo familiar unificado o que la custodia este en cabeza del padre o madre que lo aporta al hogar.
  • Custodia *
  • Declaración en el que conste que el padre o madre biológico (a) no convive con el beneficiario, no recibe subsidio familiar en dinero por éste y no se encuentra afiliado a otra Caja de Compensación Familiar.
  • En caso que el padre biológico haya fallecido anexar registro civil de defunción.

Hermanos(as) huérfanos de padres:

  • Copia del registro civil de nacimiento del trabajador y de su hermano, para demostrar parentesco.
  • Copia del documento de identidad (mayores de 18 años con discapacidad ).
  • Copia de los registros civiles de defunción de ambos padres.
  • Declaración juramentada.

Padres:

  • Copia del registro civil de nacimiento del trabajador, para demostrar parentesco con los padres.
  • Copia del documento de identidad de cada uno de los padres.
  • Declaración juramentada, donde indique la dependencia económica del o los padres, y no recibir salario, pensión o renta alguna.
  • Certificado de EPS donde conste el tipo de afiliación como beneficiario del trabajador.
  • Para los padres menores de 60 años, se debe presentar los mismos documentos.(Aplica para padres con discapacidad).
  • Si el padre o la madre se encuentra afiliado al Régimen Subsidiado en Salud puede ser beneficiario del trabajador.

Beneficiarios con discapacidad:

  • Hijos, hijastros, hermanos y padres con discapacidad (sin limitación de la edad).

  • Certificado de invalidez o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, expedido por la entidad competente.

Dependencia por Custodia

  • Registro Civil de nacimiento del beneficiario.
  • Documento de identidad del beneficiario o el documento válido de identificación para extranjeros.
  • Documento de custodia.

 

La custodia aplica sobre el beneficiario menor de 18 años, o mayores de 18 años en condición de discapacidad, que es entregado al afiliado para su cuidado y sostenimiento económico. La entrega puede ser provisional o permanente y debe constar en el documento emitido por autoridad competente.

Si el trabajador cumple con los requisitos establecidos en la norma, podrá ser acreedor del derecho a subsidio familiar en dinero.

Custodia: oficio o función mediante el cual se tiene poder para criar, educar, orientar, conducir, formar hábitos, dirigir y disciplinar la conducta, siempre con la mira puesta en el niño, niña y/o adolescente, en el educando, en el incapaz de obrar y auto regular en forma independiente su comportamiento.

¿Quién la expide? La custodia debe ser expedida por la correspondiente autoridad competente, ya sea ICBF, notarios, centros de conciliación debidamente autorizados, defensoría del pueblo, personería, jueces de paz, juzgado de familia, juez civil o promiscuo municipal y, en ausencia de estos, el inspector de policía.

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