Subsidio Kit Escolar

Es un subsidio que se paga cada año al trabajador por los beneficiarios hijos entre los 5 y los 17 años, que se encuentren recibiendo subsidio monetario, siempre y cuando estén cursando educación básica (primaria) y media (secundaria – hasta grado 11).

Este subsidio se concede para aliviar las cargas económicas educativas que tiene el trabajador. Debe ser utilizado en los establecimientos comerciales en convenio para la adquisición de útiles escolares, uniformes o productos de lonchera.

Este subsidio no es canjeable por dinero en efectivo.

Políticas de postulación y adjudicación al Kit Escolar

1. El trabajador debe ser afiliado a la Caja de Compensación y encontrarse en categoría A y B.
2. Sólo se otorgará el kit escolar al grupo familiar cuyos ingresos no superen los 4 SMLMV.
3. Tener afiliado al beneficiario por quien se solicita el Kit Escolar.
4. El beneficiario postulado deberá tener liquidada su cuota monetaria (Subsidio Familiar en Dinero) los últimos dos meses previos a la fecha de postulación al Kit Escolar.
5. El Kit Escolar se otorga a beneficiarios escolarizados que se encuentren entre 5 y 17 años.
6. Haber aportado el certificado de escolaridad del año en curso o boletín de calificaciones emitido por establecimiento docente debidamente aprobado de los beneficiarios mayores de 12 años en el área de Registro y Aportes de la Caja de Compensación Familiar.
7. El Kit Escolar tendrá cubrimiento para los programas de educación preescolar, básica y media.
8. La empresa donde labora el solicitante debe encontrarse a paz y salvo por concepto de aportes parafiscales.
9. Se podrán postular beneficiarios con invalidez o incapacidad física disminuida sin restricción de la edad para lo cual se deberá aportar certificado de discapacidad emitido por la EPS o autoridad competente donde obre la capacidad disminuida que impida trabajar y el tipo de discapacidad en el área de Registro y Aportes.

Postúlate en el formulario Kit Escolar.

Atención: Subsidio Kit Escolar a prescribir

Informamos que el Subsidio Kit Escolar dispuesto en 2020 se encuentra próximo a prescribir en diciembre de 2023. Los afiliados beneficiarios deben hacer uso de este subsidio educativo antes de su prescripción. Art. 6 de la Ley 21 de 1982.

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Modalidades de pago

Este subsidio no es canjeable por dinero en efectivo, se redime en los establecimientos comerciales que tenemos en convenio para: 

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Billetera Delagente - Cobre

App KUPI

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