Requisitos y conceptos del subsidio

Requisitos y conceptos del subsidio

Hogar objeto del subsidio familiar de vivienda

Se entiende por hogar, el conformado por una o más personas que integren el mismo núcleo familiar, los cónyuges, las uniones maritales de hecho, incluyendo las parejas del mismo sexo, y/o el grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan un mismo espacio habitacional.

Vivienda de Interés Social – VIS

De conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 388 de 1997, la vivienda de interés social es aquella que se desarrolla para garantizar el derecho a la vivienda de los hogares de menores ingresos, que cumple con los estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción sostenible, y cuyo valor no exceda ciento treinta y cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (135 SMMLV). Excepcionalmente, para las aglomeraciones urbanas definidas por el Conpes y cuya población supere un millón (1.000.000) de habitantes, el Gobierno nacional podrá establecer como precio máximo de la vivienda de interés social la suma de ciento cincuenta salarios mínimos mensuales legales vigentes (150 SMMLV). Para el caso de los municipios que hacen parte de dichas aglomeraciones, el valor aplicará únicamente para aquellos en que el Gobierno nacional demuestre presiones en el valor del suelo, que generan dificultades en la provisión de vivienda de interés social. El valor máximo de la Vivienda de Interés Prioritario, será de noventa salarios mínimos mensuales legales vigentes (90 SMMLV).

Requisitos para solicitar el subsidio familiar de vivienda de interés social
  • Ser afiliado a Comfenalco Valle Delagente y tener conformado un grupo familiar hasta en tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, o unipersonal.
  • Que los ingresos del grupo familiar no superen los cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (4 SMLMV).
  • No ser propietario de vivienda en ninguna parte del territorio nacional, cuando se trate de subsidio para adquisición de vivienda nueva y que al menos uno de los integrantes del grupo familiar sea propietario del lote o terraza, cuando se trate de construcción en sitio propio o de la vivienda a la cual se le aplicará el mejoramiento de vivienda.
  • Que ninguno de los miembros del grupo familiar haya adquirido una vivienda del instituto de crédito territorial o construido una solución habitacional con aplicación de créditos de tal entidad. No haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda del INURBE, CAJA AGRARIA, FOCAFE, FOREC, FONVIVIENDA o CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR.

Requisitos para la postulación al subsidio familiar de vivienda

  • Formulario de postulación debidamente diligenciado y suscrito por los miembros que conforman el hogar, con su información socioeconómica, indicación del jefe del hogar postulante y de la persona que, siendo parte del hogar, lo reemplazará si renunciara o falleciera, y mención de la Caja de Compensación Familiar y Fondo de Cesantías a los cuales se encuentren afiliados al momento de postular, si fuere el caso.
  • Certificado o carta de aprobación o pre aprobación de crédito para acreditar los recursos complementarios, emitida por una entidad financiera autorizada.
  • En el caso de recursos complementarios representados en ahorro programado, se deberá presentar el certificado expedido por la entidad donde están depositados e inmovilizados. Si se trata de ahorro programado contractual vinculado a evaluación crediticia favorable en una misma entidad, deberá presentarse certificación expedida por la misma, en la que conste el cumplimiento del ahorro programado contractual y la aprobación del crédito con el cual se adquirirá la vivienda. Si el ahorro previo está en cesantías deberá presentar certificado de inmovilización de estas con valor y vigencia de 30 días.  En todos los casos deberá tener registrada la fecha de inmovilización de dicho ahorro previo.
  • Cuando el ahorro previo esté representado en cuota inicial, debe anexar certificado de la constructora firmado por el revisor fiscal y el representante legal o certificación de fiducia. Ambos documentos, deben registrar el monto pagado, la fecha del primer pago y/o recibos de pago o consignaciones y con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  • Cuando se trate de recursos complementarios originados en donaciones de Organizaciones No Gubernamentales y de entidades públicas o privadas nacionales o internacionales, o en el caso de aportes económicos solidarios en Organizaciones Populares de Vivienda, la disponibilidad deberá ser certificada por el Representante Legal y el Revisor Fiscal de la respectiva entidad. En el caso de recursos complementarios representados en terrenos, la certificación será el certificado de tradición con no más de treinta (30) días de expedido.
  • En el caso de subsidios o aportes municipales o departamentales, deberá presentar certificación de su existencia expedida por la autoridad local competente en cada caso.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los mayores de 18 años.
  • Autorización para verificar la información suministrada para la postulación del subsidio y aceptación para ser excluido de manera automática del sistema de postulación al subsidio en caso de verificarse que la información aportada no corresponda a la verdad.
  • Certificado médico que acredite la discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar, cuando fuere el caso.
  • Certificado original de ingresos de la empresa en donde labora, aplica para trabajadores dependientes.
  • Certificación del contador público o certificación de prestación de servicios en caso de ser trabajador independiente.
  • Resolución pensional para los pensionados.

Requisitos para inscribirse al programa de construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda

  • Fotocopias de la cédula del Jefe de Hogar y su grupo familiar (Mayores de edad).

  • Fotocopia de la escritura de compraventa o certificación de poseedor dada por el Alcalde.

  • Original del certificado de tradición vigente.

  • Recibo de impuesto predial (Que incluya avalúo catastral, nombre del propietario y estar al día).

  • Original del certificado de No Alto Riesgo

  • Original y 1 copia de la línea de demarcación (Oficina de Planeación).

  • Carta laboral vigente (De todos los mayores de edad del grupo familiar).

  • Fotocopia de los recibos de servicios públicos para mejoramiento o disponibilidad de servicios para CSP (acueducto, alcantarillado y energía).

En el caso de mejoramiento la casa debe presentar las siguientes carencias básicas

  • Deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros ó cubierta.

  • Carencia o vetustez de acometidas domiciliarias de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica.

  • Carencia o vetustez de baños y/o cocina.

  • Existencia de pisos en tierra o materiales inapropiados.

  • Construcción en materiales provisionales tales como latas, tela asfáltica y madera de desecho.

Requisitos para postularse al subsidio familiar de vivienda en zona rural

  • Tener conformado un grupo familiar o unipersonal.

  • Alguno de los postulantes debe ser afiliado a la Caja de Compensación Comfenalco Valle Delagente.

  • Ninguno de los miembros del Hogar podrá ser propietario de un inmueble diferente al predio para el que está haciendo su solicitud.

  • La vivienda o terreno debe encontrarse libre de limitaciones de dominio, condiciones resolutorias, embargos ó gravámenes.

  • Ninguno pudo haber sido beneficiario anteriormente de un subsidio familiar de vivienda por parte de una Caja de compensación Familiar, Inurbe, Forec , Banco agrario o crédito del ICT, etc.

  • Los ingresos del grupo familiar no pueden superar los 4 SMMLV.

  • Tener un ahorro previo que puede estar en las modalidades de: cuenta de ahorro programado, cesantías inmovilizadas o lote de terreno (en el caso de construcción en sitio propio), los cuales deberán estar debidamente certificados.

Vigencia del subsidio

  • Los subsidios de vivienda de interés social asignados por las Cajas de Compensación Familiar antes del mes de agosto de 2019 tendrán una vigencia  de doce (12) meses calendario, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación de su asignación y se podrán prorrogar mediante acuerdo expedido por su respectivo Consejo Directivo, por un plazo no superior a doce (12) meses, prorrogable máximo por doce (12) meses. más.

  • Los subsidios de vivienda de interés social asignados por las Cajas de Compensación Familiar a partir del mes de agosto de 2019 en adelante tendrán una vigencia  de treinta y seis (36) meses calendario contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación de su asignación y se podrán prorrogar mediante acuerdo expedido por su respectivo Consejo Directivo, por un plazo no superior a veinticuatro (24) meses más.

Pago del subsidio familiar de vivienda

  • El certificado de tradición y libertad del inmueble en original, con una vigencia no mayor a 30 días, que permitan evidenciar la adquisición de la vivienda por el hogar postulante (en todo caso, el oferente será responsable por el desarrollo de las actividades necesarias para la debida inscripción de la escritura pública en el folio de matrícula inmobiliaria correspondiente).

  • Copia del documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda, con autorización de cobro por parte del beneficiario.

  • Certificado de existencia y recibo a satisfacción de la vivienda, en el que se especifique que la misma cumple con las condiciones señaladas en la postulación y en la asignación correspondiente, debidamente suscrito por el oferente y por el beneficiario del subsidio o por quien hubiese sido autorizado por éste para tales efectos.

  • El pago de los subsidios asignados por las Cajas de Compensación se realizarán en un plazo máximo de 15 días hábiles, una vez el hogar .beneficiado cumpla con los requisitos exigidos y estos sean verificados.