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Affiliation pensioners
Si te encuentras pensionado por finalización de vida laboral, discapacidad permanente o sobrevivencia puedes afiliarte a Comfenalco Valle Delagente y disfrutar de servicios diseñados para tu bienestar.
Conoce los tipos de afiliación
Pensionado
Afiliación sin aportes
Afiliación por Ley 1643 de 2013 Aporte 0%
Qué beneficios obtengo
- Recreación y entretenimiento.
- Deportes.
- Cultura.
Requisitos de afiliación
1.Formulario de afiliación físico o digital Descargue aquí
2.Fotocopia de su documento de identidad por ambas caras en una sola hoja.
3.Fotocopia de la resolución pensional o certificado de asignación de la pensión, emitido por la entidad pagadora.
4.Fotocopia del último reporte de pago de su mesada pensional, emitido por la entidad pagadora.
Fidelidad 25 años Aporte 0%
Qué beneficios obtengo
- Recreación y entretenimiento.
- Capacitación.
- Turismo.
Requisitos de afiliación
- Formulario de afiliación físico o digital Descargue aquí.
2.Fotocopia de su documento de identidad por ambas caras en una sola hoja.
3. Fotocopia de la resolución pensional o certificado de asignación de la pensión, emitido por la entidad pagadora.
4. Historia o sabana laboral con el total de las semanas cotizadas (mínimo 1.300 semanas).
5. Fotocopia del último reporte de pago de su mesada pensional, emitido por la entidad pagadora.
Afiliación con aportes voluntarios
Las personas pensionadas que se afilian con aporte voluntario, realizarán el pago a nuestra entidad directamente por descuento de su mesada pensional a través del Fondo de Pensiones.
Si eres beneficiario de una pensión de la Fuerza Pública, como el Ejército Nacional, Fuerza Aérea o Policía Nacional, tienes la opción de afiliarte a nuestra Caja de Compensación Familiar con la categoría de afiliación B. Solo debes afiliarte con un aporte voluntario del 0,6% o 2% sobre el valor de tu pensión el cual determinará los servicios a los que puedes acceder dependiendo si tu ingreso supera o no 1.5 salarios mínimos SMMLV.
Recuerda los servicios y beneficios a los que tienes derecho según tu aporte:
Afiliación con aporte voluntario | ||||
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Tipo de afiliación | Tipo de afiliación | Condiciones | Category | Servicios |
Menor o igual a 1.5 SMMLV | 0,60% | Elije su Caja | TO | Recreación, Deporte, Cultura, Turismo y Capacitación* |
2.0% | Elije su Caja | TO | Recreación, Deporte, Cultura, Turismo, Capacitación y Vivienda** | |
Mayor o igual a 1.5 SMMLV | 0.6% | Elije su Caja | A B C | Recreación, Turismo y Capacitación*** |
2.0% | Elije su Caja | Recreación, Turismo, Capacitación, Deporte, Cultura y Vivienda** |
* No incluye Subsidio Monetario, Subsidio de Vivienda y Crédito Financiero.
** No incluye Subsidio Monetario y Crédito financiero.
*** No incluye Subsidio Monetario, Subsidio de Vivienda, Crédito Financiero, Deporte y Cultura.
Requisitos de afiliación
1.Formulario de afiliación físico o digital. Descargar aquí.
2.Fotocopia de su documento de identidad por ambas caras en una sola hoja.
3.Fotocopia de la resolución pensional o certificado de asignación de la pensión, emitido por la entidad pagadora.
4.Fotocopia del último reporte de pago de su mesada pensional, emitido por la entidad pagadora.
¿Cómo puedo pagar los aportes?
Descuento de la mesada pensional
Los aportes voluntarios se realizarán a través de las administradoras de pensión, ARL o aseguradoras. Estas entidades se encargarán de descontar mensualmente el valor del aporte de tu mesada pensional, de acuerdo al porcentaje que hayas seleccionado al momento de tu afiliación.
¿A quiénes puedes afiliar?
Afiliados por Ley 1643: Cónyuge o compañero (a) permanente que no esté activo(a) laboralmente e hijos menores de edad o hijos mayores de edad con discapacidad.
Note: Si deseas acceder a otros servicios cómo: subsidio de vivienda de interés social, Capacitaciones, Turismo Social; afíliate bajo la modalidad del 2% (aporte que se efectuará a través de tu mesada pensional).
Fidelidad 25 años: No aplica afiliación del grupo familiar, solo ingresa el pensionado.
Note: Si deseas acceder a otros servicios cómo: afiliación de tu grupo familiar, Deportes, Cultura y subsidio de vivienda de interés social; afíliate bajo la modalidad del 2% (aporte que se efectuará a través de tu mesada pensional).
Afiliación con aportes voluntarios del 0,6% o 2%: Cónyuge o compañero (a) permanente que no esté activa laboralmente e hijos menores de edad o hijos mayores de edad con discapacidad.
Documentos de identificación en Colombia:
From 0-6 yearsBirth certificate.
from 7 to 17 yearsIdentity card.
From 18 yearsCitizenship card.
Spouse or Permanent Partner:
- Copy of the identity document of the spouse or permanent partner or valid identification document for foreigners.
- Copy of the marriage civil registry (if they are married).
- Declaración juramentada (si conviven en unión libre).
*Nota: para el cónyuge o compañero(a) permanente del mismo sexo se deben presentar los mismos documentos.
Children:
- Copy of the civil birth certificate, to demonstrate kinship with the worker.
- Copia del documento de identidad (mayores de 18 años con discapacidad ).
- Declaración juramentada.
Hijos con discapacidad:
- Certificate of disability or reduced physical capacity that prevents them from working, issued by the competent entity.
Custody Dependency
- Civil Registry of birth of the beneficiary.
- Identity document of the beneficiary or the valid identification document for foreigners.
- Documento de custodia.
La custodia aplica sobre el beneficiario menor de 18 años, o mayores de 18 años en condición de discapacidad, que es entregado al afiliado para su cuidado y sostenimiento económico. La entrega puede ser provisional o permanente y debe constar en el documento emitido por autoridad competente.
Si el trabajador cumple con los requisitos establecidos en la norma, podrá ser acreedor del derecho a subsidio familiar en dinero.
Custodia: oficio o función mediante el cual se tiene poder para criar, educar, orientar, conducir, formar hábitos, dirigir y disciplinar la conducta, siempre con la mira puesta en el niño, niña y/o adolescente, en el educando, en el incapaz de obrar y auto regular en forma independiente su comportamiento.
¿Quién la expide? La custodia debe ser expedida por la correspondiente autoridad competente, ya sea ICBF, notarios, centros de conciliación debidamente autorizados, defensoría del pueblo, personería, jueces de paz, juzgado de familia, juez civil o promiscuo municipal y, en ausencia de estos, el inspector de policía.